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Información acerca de la Sección Consular y Servicios para Ciudadanos Estadounidenses arrestados en la República Dominicana

1. ¿Cuales servicios puede ofrecer la Embajada Americana a los Ciudadanos Estadounidenses arrestados en la República Dominicana?

Si usted lo solicita, un Oficial Consular de la Embajada de los Estados Unidos le visitará tan pronto como sea posible después de su arresto y le facilitará una lista de abogados locales, de la cual usted puede obtener representación legal.  Generalmente, no se puede conseguir un abogado o asistir a la corte en horas de la noche, los fines de semana o días festivos.  Sin embargo, otro Oficial Consular le visitará tan pronto como sea posible para conceder tiempo suficiente para que el abogado que haya seleccionado pueda representarte en la corte.

Un Oficial Consular puede también protestar cualquier maltrato, y asegurarnos que sus derechos sean respetados bajo la ley dominicana.

2.  ¿A quien puede la Embajada contactar por usted?

Si usted lo solicita, la Embajada se comunicará por teléfono con cualquier familiar o amigo que usted desee sean notificados de su arresto.  Bajo el Acta de Privacidad, si usted es mayor de 18 años, la Embajada no puede dar ninguna información sobre su caso sin su autorización.

3. ¿Cuales servicios la Embajada no puede ofrecer?

La Embajada Americana no puede sacarlo de la cárcel.  Bajo la ley Dominicana, se permite la libertad bajo fianza.  En la mayoría de los casos, la persona detenida es presentada ante el Juez de la Instrucción uno o dos días después de su arresto, quien decidirá si la persona debe continuar detenido pendiente de más investigación.  Si la fianza es aprobada, la Embajada Americana puede ayudarle a comunicarse con sus familiares y amigos para obtener los fondos necesarios para el pago de la fianza.

La Embajada no puede legalmente representarle ni designar a otros para hacerlo.  Tal como explicamos anteriormente, un oficial consular tiene prohibido actuar como un intermediario en transacciones financieras o actuar como agente fiduciario.  La Embajada puede ayudarle a contactar al representante legal que usted haya seleccionado.

4. ¿Tengo derecho a un abogado?

Un abogado juega un papel vital en el proceso judicial dominicano.  De acuerdo a ley dominicana, una persona detenida tiene derecho a que su abogado esté presente durante cualquier interrogatorio, así como en cualquiera de las audiencias o juicios.  Si la persona detenida no tiene los medios económicos para contratar un abogado, la corte le proveerá un defensor público.

El abogado de la persona detenida debe facilitar que el caso sea traído a juicio con prontitud, presiona por una sentencia favorable, paga cualquier fianza, y por último diligencia el permiso final para su libertad.  El abogado puede hacer los arreglos para la escolta policial cuando los acusados asisten a las audiencias y juicios.

Si fuese necesario, el abogado también haría los arreglos para los servicios de intérpretes en el juicio.  La intervención de un abogado es generalmente esencial en la entrega de documentos de una oficina a otra, completar los pasos burocráticos locales necesarios, y presionar para que sean fijadas las apariciones a las cortes.  Antes de entrar en una relación con un abogado, el acusado debería confirmar el papel de su abogado con relación a su caso.

De igual manera, el acusado debe ser cuidadoso con los abogados que pretenden exagerar sus habilidades.  Algunos ciudadanos estadounidenses han ignorado estos avisos y como resultado han sufrido de una defensa inadecuada y gastos excesivos.

5. ¿Necesita dinero para pago de multas o impuestos legales?

Si alguien necesita enviarle dinero para el pago de multas, impuestos legales o cualquier otros gastos, el Departamento de Estado le anima a que use servicios comerciales, tal como Western Union, los cuales son generalmente más rápidos que el sistema de transferencia de fondos del Departamento de Estado.  Los servicios de Western Union están disponibles en www.westernunion.com o 1-800-325-6000.

También sus familiares o amigos pueden enviarle dinero a través de los canales del Departamento de Estado.  La persona que envía el dinero en los Estados Unidos debe ponerse en contacto con el Centro de Emergencia para Ciudadanos (OCS, EMR), Departamento de Estado, Washington D.C., al (202) 632-5225.  El Centro de Emergencia para Ciudadanos le informará sobre la forma más rápida para transferir fondos de un banco de los Estados Unidos hacia la República Dominicana.  Tan pronto como el Centro de Emergencia a Ciudadanos recibe los fondos en Washington procederá a enviar un telegrama de prioridad a la Embajada.  Una vez este telegrama se recibe localmente, la Embajada podrá entregar los fondos en Santo Domingo.  Puede encontrar más información en:  http://travel.state.gov/travel/tips/brochures_1224.html.

6. ¿Cuales servicios la Embajada puede proveer a personas encarceladas en la República Dominicana?

Un oficial consular visita regularmente a prisioneros que permanecen detenidos por un período largo.  La Embajada le provee a los prisioneros vitaminas y materiales de lectura.  La Embajada también busca resolver problemas médicos, así como cualquier otro problema serio.  La Embajada puede protestar alegatos de maltrato o abuso por ante las autoridades y pasar solicitudes a sus familiares y amigos.

Es importante recordar que las cárceles dominicanas no proveen todas las comodidades que existen en las cárceles en los Estados Unidos.  Las cárceles dominicanas generalmente están sobre pobladas.  Las asignaciones de presupuesto para necesidades como comida, medicinas y transporte son generalmente insuficientes, por lo que muchas cárceles solo proveen para las necesidades básicas.  Dependiendo del tiempo que permanecerás encarcelado, debes considerar hacer arreglos con familiares y amigos que puedan proveer dinero, comida y otras necesidades.  A pesar de que las regulaciones que rigen las cárceles requieren que los prisioneros tengan acceso a cuidado médico, los niveles de los servicios que se proveen varían significativamente.  Por tanto, usted debe considerar hacer sus propios arreglos para ver a un doctor o dentista.  Si usted no puede obtener servicios médicos apropiados, usted puede informar a representantes consulares acerca de sus problemas médicos, quienes tratarán de ayudarle a obtener la asistencia que necesite.

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