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La Embajada

Pregúntele al Cónsul

¿Si me casé con mi novio(a) (K-1), que le sucede al caso?

Si usted sometió una petición I-129F en favor de su novio/a y luego procede a casarse con él/ella, la Unidad de Visas de Residencia no podrá entrevistarlos como si aún estuvieran comprometidos.

Ahora que ustedes están casados, usted tiene que someter una petición I-130 para su esposo/a (visa CR-1).  Tan pronto como el Centro Nacional de Visas le notifique que ha recibido su petición previamente aprobada por el Centro de Servicios del Departamento de Seguridad Nacional, usted puede contactar el Centro de Información Visas para solicitar una entrevista ya como pareja casada.  Por favor, visite el siguiente enlace para obtener información sobre cómo contactar el Centro de Información de Visas: http://www.usemb.gov.do/Consular/iv-s-contact.htm.  La Sección Consular comprende el hecho de que usted ya ha esperado por su entrevista K-1, y le asignará una entrevista para su visa CR-1 tan pronto como sea posible.

Lea con cuidado las instrucciones del Centro Nacional de Visas sobre cómo preparase para su entrevista para la visa CR-1.  Aunque algunos de los documentos requeridos para la visa CR-1 que solicita un cónyuge son iguales a los de la visa K-1 de novio/a, algunos son diferentes.  Por ejemplo, la entrevista para una visa CR-1 para su cónyuge requiere una Declaración de Sostenimiento (Formulario I-864) junto a documentos de soporte financiero.

¡Recuerde!  Es su responsabilidad informarnos que el Centro Nacional de Visas ha recibido una petición CR-1 aprobada para su cónyuge.

Para más información de visas estadounidenses, visite nuestra página:  www.embajadausa.gov.do.

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