Pregúntele al Cónsul
Servicio de Correo Privado
A partir del 19 de marzo de 2007 las Unidades de Servicios
a Ciudadanos Estadounidenses (ACS) y de Visas de Residencia (IV) comenzarán a
utilizar un servicio de correo privado para entregar los pasaportes, las
Declaraciones Consulares de Nacimientos en el Extranjero, las visas de
residencia y los documentos emitidos a los solicitantes.
1) Pregunta:
¿Necesito pagarle al servicio de correo privado antes de llegar a la Sección
Consular?
Respuesta: No. Luego de decirle que su pasaporte
estadounidense, Declaración Consular de Nacimiento en el Extranjero, o visa de
residencia ha sido aprobado, el oficial le entregará un volante que usted le
deberá llevar al representante del correo privado que estará ubicado en la sede
de la Sección Consular.
2) Pregunta:
¿Debo completar un formulario antes de llegar a la Sección Consular?
Respuesta:: El servicio de correo privado se
encargará de registrar la información de envío (su nombre, dirección, teléfono,
etc.) directamente en su sistema de cómputos.
3) Pregunta:
¿Cuánto cuesta el servicio de correo privado?
Respuesta: US$12 ó US$16 (o el equivalente en pesos
dominicanos), dependiendo de donde usted resida en la República Dominicana. Por
favor, traiga el día de su cita por lo menos US$16 (o el equivalente en pesos
dominicanos) para pagar por el servicio el día de su cita.
4) Pregunta:
¿Adónde enviarán mis documentos? ¿Cuándo?
Respuesta:: Su documento será llevado a su casa (u
otra dirección de su preferencia, como su oficina) aproximadamente dos o tres
días luego de que la Unidad ACS o de IV le entregue su documento al servicio de
correo privado.
5) Pregunta:
¿Qué sucede si no estoy en mi casa en el momento en que llegan los
documentos? ¿Podrá otra persona recibirlos?
Respuesta: Sí. Usted puede autorizar a una persona
para que reciba su documento en su dirección. Sin embargo, debe informar al
servicio de correo privado sobre este particular.
6)Pregunta:
No quiero utilizar el servicio de correo privado. ¿Qué puedo hacer como
alternativa?
Respuesta: Este servicio es obligatorio para todos
los solicitantes aprobados de ACS y de IV.
Se podrán hacer excepciones en algunos casos y sólo en la
eventualidad de una emergencia extrema o circunstancia extraordinaria.
7) Pregunta:
Estoy solicitando para un visa de no-inmigrante (visa de
turista/negocios/estudiante/intercambio/paseo/etc.) ¿Debo utilizar el servicio
de correo privado?
Respuesta: No. En este momento, los solicitantes de
visa de no-inmigrante no participarán en este servicio de correo privado.
8) Pregunta:
No entiendo por qué la Sección Consular está comenzando a utilizar un servicio
de correo privado; esto simplemente retrasará aún más el proceso.
Respuesta: La Oficina de Asuntos Consulares del
Departamento de Estado estadounidense ha identificado el servicio de correo
privado como una clave para lograr “mejores prácticas administrativas”. El
servicio de correo reduce la multitud, mejora la seguridad y promueve el
servicio al cliente.
9) Pregunta:
¿Realmente comenzará a funcionar el servicio de correo privado el 19 de marzo?
Respuesta: Las Unidades de ACS y de IV están
trabajando activamente para comenzar el servicio el 19 de marzo. Si por razones
fuera de nuestro control el servicio no puede iniciar en dicha fecha, nosotros
publicaremos información actualizada en nuestra página de Internet (www.embajadausa.gov.do)
y por este mismo medio. |