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La Embajada

Pregúntele al Cónsul

Servicio de Correo Privado

A partir del 19 de marzo de 2007 las Unidades de Servicios a Ciudadanos Estadounidenses (ACS) y de Visas de Residencia (IV) comenzarán a utilizar un servicio de correo privado para entregar los pasaportes, las Declaraciones Consulares de Nacimientos en el Extranjero, las visas de residencia y los documentos emitidos a los solicitantes.

1) Pregunta: ¿Necesito pagarle al servicio de correo privado antes de llegar a la Sección Consular?

Respuesta: No.  Luego de decirle que su pasaporte estadounidense, Declaración Consular de Nacimiento en el Extranjero, o visa de residencia ha sido aprobado, el oficial le entregará un volante que usted le deberá llevar al representante del correo privado que estará ubicado en la sede de la Sección Consular.

2) Pregunta: ¿Debo completar un formulario antes de llegar a la Sección Consular?

Respuesta::  El servicio de correo privado se encargará de registrar la información de envío (su nombre, dirección, teléfono, etc.) directamente en su sistema de cómputos.

3) Pregunta: ¿Cuánto cuesta el servicio de correo privado?

Respuesta: US$12 ó US$16 (o el equivalente en pesos dominicanos), dependiendo de donde usted resida en la República Dominicana.  Por favor, traiga el día de su cita por lo menos US$16 (o el equivalente en pesos dominicanos) para pagar por el servicio el día de su cita.

4) Pregunta: ¿Adónde enviarán mis documentos? ¿Cuándo?

Respuesta:: Su documento será llevado a su casa (u otra dirección de su preferencia, como su oficina) aproximadamente dos o tres días luego de que la Unidad ACS o de IV le entregue su documento al servicio de correo privado.

5) Pregunta: ¿Qué sucede si no estoy en mi casa en el momento en que llegan los documentos? ¿Podrá otra persona recibirlos?

Respuesta: Sí.  Usted puede autorizar a una persona para que reciba su documento en su dirección.  Sin embargo, debe informar al servicio de correo privado sobre este particular.

6)Pregunta: No quiero utilizar el servicio de correo privado.  ¿Qué puedo hacer como alternativa?

Respuesta: Este servicio es obligatorio para todos los solicitantes aprobados de ACS y de IV.

Se podrán hacer excepciones en algunos casos y sólo en la eventualidad de una emergencia  extrema o circunstancia extraordinaria.

7) Pregunta: Estoy solicitando para un visa de no-inmigrante (visa de turista/negocios/estudiante/intercambio/paseo/etc.) ¿Debo utilizar el servicio de correo privado?

Respuesta: No.  En este momento, los solicitantes de visa de no-inmigrante no participarán en este servicio de correo privado.

8) Pregunta: No entiendo por qué la Sección Consular está comenzando a utilizar un servicio de correo privado; esto simplemente retrasará aún más el proceso.

Respuesta: La Oficina de Asuntos Consulares del Departamento de Estado estadounidense ha identificado el servicio de correo privado como una clave para lograr “mejores prácticas administrativas”.  El servicio de correo reduce la multitud, mejora la seguridad y promueve el servicio al cliente.

9) Pregunta: ¿Realmente comenzará a funcionar el servicio de correo privado el 19 de marzo?

Respuesta: Las Unidades de ACS y de IV están trabajando activamente para comenzar el servicio el 19 de marzo.  Si por razones fuera de nuestro control el servicio no puede iniciar en dicha fecha, nosotros publicaremos información actualizada en nuestra página de Internet (www.embajadausa.gov.do) y por este mismo medio.

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