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La Embajada

Pregúntele al Cónsul

Residentes que Regresan

Todo residente legal de los Estados Unidos que piensa permanecer fuera de territorio estadounidense por más de un año debe solicitar un Permiso de Reentrada mientras se encuentra en los Estados Unidos, y por lo menos 30 días antes de la fecha planificada para viajar fuera de territorio estadounidense..  El permiso se solicita en  la Oficina del Servicio de Ciudadanía e Inmigración (USCIS) del Departamento de Seguridad Nacional.  Este permiso tiene una validez de dos años y no puede ser extendido.  Si logra obtener el permiso, deberá utilizarlo para volver a entrar a los Estados Unidos durante el período de validez.

Los residentes permanentes que no pueden regresar a los Estados Unidos dentro del período de validez de la Tarjeta de Residencia, o Permiso de Reentrada, pueden solicitar una visa como Residente que Regresa (SB-1), en la Sección Consular en Santo Domingo (¿???????).  Para calificar es necesario demostrar lo siguiente:

  • Ser residentes legales al salir de los Estados Unidos.

  • Tener la intención, en el momento de partida, de regresar a los Estados Unidos.

  • Demostrar, si permanece más del tiempo planeado, que fue por causas ajenas a su voluntad y fuera de su responsabilidad.

Los solicitantes que quieren solicitar una visa SB-1 deben contactar con tiempo suficiente la Sección Consular antes de la fecha de sus viajes para cumplir con los procedimientos.

Para información adicional, por favor visite nuestra página de Internet en www.embajadausa.gov.do.

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