Pregúntele al Cónsul
Residentes que Regresan
Todo residente legal de los Estados Unidos que piensa permanecer fuera de
territorio estadounidense por más de un año debe solicitar un Permiso de
Reentrada mientras se encuentra en los Estados Unidos, y por lo menos 30
días antes de la fecha planificada para viajar fuera de territorio
estadounidense.. El permiso se solicita en la Oficina del
Servicio de Ciudadanía e Inmigración (USCIS) del Departamento de Seguridad
Nacional. Este permiso tiene una validez de dos años y no puede ser
extendido. Si logra obtener el permiso, deberá utilizarlo para volver
a entrar a los Estados Unidos durante el período de validez.
Los residentes permanentes que no pueden
regresar a los Estados Unidos dentro del período de validez de la Tarjeta de
Residencia, o Permiso de Reentrada, pueden solicitar una visa como Residente
que Regresa (SB-1), en la Sección Consular en Santo Domingo (¿???????).
Para calificar es necesario demostrar lo siguiente:
-
Ser residentes legales al
salir de los Estados Unidos.
-
Tener la intención, en el
momento de partida, de regresar a los Estados Unidos.
-
Demostrar, si permanece más del
tiempo planeado, que fue por causas ajenas a su voluntad y fuera de su
responsabilidad.
Los solicitantes que quieren solicitar una visa SB-1 deben contactar con
tiempo suficiente la Sección Consular antes de la fecha de sus viajes para
cumplir con los procedimientos.
Para información adicional, por favor visite nuestra página de Internet en
www.embajadausa.gov.do. |