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La Embajada

Pregúntele al Cónsul

¿Cuánto tiempo puedo permanecer en los Estados Unidos con mi visa de turista B-1/B-2?

Este tema con frecuencia representa el origen de gran confusión para los poseedores de visas de turismo.  Estos malentendidos podrían, a veces, tener consecuencias desastrosas para las personas.  Los solicitantes usualmente se sorprenden al llegar a conocer, por ejemplo, que aunque una estadía larga en los Estados Unidos no necesariamente violaría las leyes, sí podría arriesgar sus posibilidades de calificar para una visa en el futuro.

Para comprender esto, es importante que recordemos, en primer lugar, cómo los oficiales consulares determinan la elegibilidad de un solicitante para recibir una visa de no-inmigrante (también conocida como visa de paseo) en la mayoría de los casos.  La sección 214(b) del Acta de Inmigración y Nacionalidad Estadounidense establece que “cada extranjero deberá presumirse un inmigrante hasta que él establezca, al momento de presentar su solicitud de admisión y a la satisfacción del oficial consular, que él califica para el estatus de no-inmigrante”.  Para poder superar la sección 214(b), los solicitantes deben demostrar que tienen una residencia y otros lazos en el extranjero que les obligarían a salir de los Estados Unidos al final de una estadía temporal.  La ley establece que la carga de presentar pruebas recae sobre el solicitante.

Cuando se solicita la renovación de una visa anterior, los poseedores de visas de turismo que hayan permanecido períodos de tiempo significativos cada año en los Estados Unidos podrían confrontar dificultades al tratar de probar que tienen residencias permanentes en la República Dominicana.  Los oficiales consulares se podrían preguntar cómo un solicitante puede pasar largos períodos alejado de su trabajo y de su familia.  Visitas frecuentes y de larga duración podrían crear sospechas de que el solicitante está trabajando ilegalmente en los Estados Unidos o de que se está preparando para emigrar allá.

Si usted solicita la renovación de una visa B-1/B-2 y está preocupado por el tiempo que permaneció en una o más de sus visitas previas, le recomendamos que usted se presente a la Sección Consular con la información que documente la necesidad de esas visitas.  ¿Estuvo usted cuidando de un familiar enfermo?  Una carta del hospital de su familiar podría ayudarle a probar esto al oficial consular.  ¿Estuvo relacionada a su trabajo su visita para un entrenamiento o consultas?  Las cartas de su compañía en la República Dominicana, así como las de la compañía que visitó en los Estados Unidos, podrían ayudarle a explicar su caso.

Bajo ninguna circunstancia usted debería perder intencionalmente su pasaporte que documenta sus viajes, ni tratar de ocultar o cambiar los sellos en su pasaporte que documentan sus visitas previas.  Los oficiales consulares siempre están dispuestos a considerar circunstancias atenuantes relacionadas a su caso, o de reconsiderar su elegibilidad para una visa en el futuro.  No obstante, tanto el Departamento de Seguridad Nacional como el Departamento de Estado de los Estados Unidos mantienen bases de datos avanzadas para registrar y controlar las entradas y salidas de los visitantes.  Además, si se descubre que un solicitante ha tergiversado los hechos de su caso intencionalmente y/o ha incurrido en fraude para tratar de asegurar una visa, podría ser excluido permanentemente de retornar a los Estados Unidos.  La honestidad siempre es su mejor opción.

Para más información sobre asuntos consulares, visite nuestra página:  usemb.gov.do.

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