jump over navigation bar
Embassy Seal US Department of State
Embajada de los Estados Unidos en Santo Domingo flag graphic
 
La Embajada

Pregúntele al Cónsul

Proceso de Solicitud de Visa a Empleados Domésticos de Ciudadanos Extranjeros en estatus de No-Inmigrantes

Los empleados personales o domésticos de ciudadanos extranjeros que deben viajar a los Estados Unidos acompañando a su empleador, pueden solicitar una visa siempre que: a) El empleado tenga una residencia en el exterior que no tenga intención de abandonar; b) El empleado demuestre que tiene por lo menos un año de experiencia laboral como empleado personal o doméstico con su empleador antes de la fecha de la admisión a los Estados Unidos; y c) El empleador y el empleado tienen un contrato de trabajo firmado que indica que mientras se encuentren en los EE.UU. se le garantiza al empleado el sueldo mínimo o el sueldo predominante en el estado que visitarán, cualquiera de ellos que sea mayor, así como los gastos de transporte y estadía.  Por favor, tenga en cuenta que el salario mínimo o las tasas predominantes de sueldo varían dependiendo del destino visitado.  El Departamento de Trabajo de los Estados Unidos tiene una página electrónica  donde aparecen publicados los salarios para la mayoría de las categorías de empleo existentes, divididas según el estado y el condado.  La dirección es http://www.flcdatacenter.com/OesWizardStart.aspx.

Los empleadores y los empleados deben saber que esta clasificación de visa no está destinada a desplazar trabajadores estadounidenses.  Mas bien, es un privilegio para los No-Inmigrantes que buscan traer a un empleado de su confianza a los EE.UU. durante una estadía de duración limitada.  Los empleados domésticos y sus empleadores deben regirse bajo las leyes de trabajo estadounidenses durante sus períodos de visita dentro de los Estados Unidos y sus territorios, incluyendo Puerto Rico.  Por ejemplo, esto significa que los empleados que trabajen por un período de más de ocho horas al día, cinco días a la semana, deben recibir pagos por las horas extras (debe ser pagado hora y media hora por cada hora extra trabajada por encima de las 40 horas por semana).

Las instrucciones detalladas sobre los requisitos para la solicitud de visa para empleados domésticos y un ejemplo del contrato de trabajo están disponibles en la página electrónica de la Embajada: www.embajadausa.gov.do.

Para cualquier información adicional puede contactar a la Unidad de Visas de No-Inmigrantes de la Embajada de los Estados Unidos en el (809) 731-4377..

back to top ^

Embajador
Discursos
Empleos
Sección Consular
Servicios a Ciudadanos
Visas de Inmigrante
Visas de No-inmigrante
Centro Franklin
Sección Cultural
Sección Académica
Sección de Prensa
IRC
USAIDD
Sección Comerciall
Agricultura
Cuerpo de Paz