Unidad de Visas de Residencia
Cómo Iniciar el Proceso de Visa K-3/K-4
¿Qué es una visa
K-3?
Una visa K-3 es técnicamente una visa de
no-inmigrante. Debido a que el proceso es similar al de
una visa de residencia, la Unidad de Visas de Residencia
de la Embajada de los Estados Unidos en Santo Domingo
procesa las visas K-3. La visa K-3 es para el esposo(a)
de un ciudadano estadounidense donde se haya sometido un
Formulario I-130 (Petición para Familiar Extranjero)
que aún no ha sido aprobado por
el Servicio de Ciudadanía e Inmigración de los Estados Unidos (USCIS)
del
Departamento de Seguridad Nacional o que ha sido
aprobado por el USCIS pero no ha sido recibido por la
Unidad de Visa de Residencia. Esta clase de visa
permite que el portador viaje a los Estados Unidos y
luego convertirse en un residente legal permanente. La
visa K-4 es para el hijo(a) de un solicitante de la visa
K-3.
¿Cómo
obtengo una visa K-3?
Su esposo(a) ciudadano estadounidense
deberá someter el
Formulario I-130 (Petición para Familiar Extranjero)
por correo al
Centro de Servicio de Ciudadanía e Inmigración de los Estados Unidos (USCIS) que
tenga jurisdicción sobre el lugar de residencia de su
esposo(a) en los Estados Unidos. Su esposo(a) luego
recibirá un Formulario I-797 (Notificación de Acción)
afirmando que el Formulario I-130 ha sido recibido por
el USCIS. Su esposo(a) deberá enviar un
Formulario I-129F (Petición para Novio(a) Extranjero(a))
y el Formulario I-797 con la tarifa correspondiente a la
siguiente dirección:
U.S. Department of Homeland Security
U.S.
Citizenship and Immigration Services
PO Box 7218
Chicago, IL 60680-7218
Una vez que su esposo(a) haya sometido una petición a su
favor, usted puede verificar su estado a través de la
Página de Búsqueda
de Estado de Caso del USCIS.
El USCIS enviará el Formulario I-129F aprobado al
Centro de Nacional de Visas del Departamento de
Estado. El Departamento de Estado luego la envía a la
Unidad de Visas de Residencia de la Embajada de los
Estados Unidos en Santo Domingo. La Unidad de Visas de
Residencia le enviará un
Paquete de Instrucciones para
Solicitantes de la visa K3/K-4.
Por favor siga exactamente las instrucciones. Si no lo
hace podría resultar en un retraso de su solicitud y
podría perder la oportunidad de vivir y trabajar en los
Estados Unidos.
El oficial consular no puede decidir si le otorgará o no
la visa hasta que usted solicite formalmente y sea
entrevistado. Por lo tanto, le aconsejamos firmemente
NO comprar boletos aéreos no reembolsables o realizar
otros planes de viaje hasta que usted reciba su visa.
Una vez que usted entre en los Estados Unidos con la
visa K-3, usted y su esposo ciudadano estadounidense
deberán ponerse en contacto con
el
USCIS para cambiar su estado migratorio al de
residente legal permanente. El cambio de estado NO es
automático.
Nota importante: Generalmente la ley requiere que la
visa K-3 para un solicitante que se haya casado con un
ciudadano estadounidense fuera de los Estados Unidos sea
emitida por un oficial consular en el país donde el
matrimonio ocurrió.
¿Qué documentos son requeridos para mi entrevista en
la Sección Consular?
A fin de prepararse para su entrevista con un
oficial consular, por favor lea y siga cuidadosamente las siguientes
instrucciones para solicitantes de visa
K3/K4. |